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Información movilizaciones del sector-Martes, 6 de febrero

A esta hora de la mañana:

  • Rotonda de Buenos Aires cortada al tráfico
  • Entrada al centro de conservación y explotación N-620 cortado
  • Rotonda de acceso a Valladolid y Zamora en el Helmántico, cortada
  • Acceso al polígono de los Villares cortado
  • Cortado acceso a la ciudad en LA Fontana
  • Tractores cortando glorieta E. Leclerc
  • Tractores en La Fuente de San Esteban
  • Tractores por centro ciudad, Paseo Canalejas, Avenida Mirat
  • Barrio San José, tractores

Nota de prensa de Unión por la Ganadería (upG)

Los 5 representantes de Unión por la Ganadería (UpG) (plataforma formada por 27 colectivos del sector: Asociaciones, Cooperativas, Organizaciones, ….), entre los que se encuentra el presidente de la Asociación de Ganaderos 19 de Abril, mantendrán mañana miércoles, día 7, una reunión con la Directora General de Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Castilla y León.


Recordamos que, la reunión fue solicitada por la plataforma UpG con carácter urgente para tratar la situación de la campaña de saneamiento ganadero, las modificaciones publicadas con respecto a ésta y la EHE.

Nota de prensa:

INFORMACIÓN ACTUALIZADA-MOVILIZACIONES DEL SECTOR‼

A primera hora de esta mañana ganaderos y agricultores han cortado la comunicación con Portugal en la autovía A-62, a la altura de Fuentes de Oñoro y Alberguería de Argañán.

Socios de la 19 de Abril participan en las movilizaciones. Os dejamos algunas fotos y vídeos que nos han enviado.

Iremos actualizando la información de como se va desarrollando la jornada. También, a lo largo del día, os facilitaremos la información que conozcamos sobre la organización de las movilizaciones previstas para mañana martes, día 6.

Movilizaciones del sector

El sector no puede más y asfixiado por las incoherencias de las políticas europeas, la burocracia, las ventas a perdidas, los altos costes de producción, materias primas, carburantes, el tijeretazo que ha supuesto la nueva PAC y su multitud de requisitos y exigencias, el acuerdo Mercosur, la preocupante gestión de la sanidad y el bienestar animal, el cada vez más difícil relevo generacional junto a una lista interminable, han hecho que agricultores y ganaderos explotemos.

A las protestas que comenzaron en el país vecino, Francia, se van sumando cada vez más países, Alemania, Italia, Polonia Grecia, Portugal…… y aunque algo hemos tardado, en España ya han comenzado.

Durante estos días, las ciudades españolas acogerán actos de protesta de forma ininterrumpida. Ya están anunciadas en multitud de ciudades. Zamora dio el pistoletazo de salida en Castilla y León, y en Salamanca, aunque están previstas dos, una para el martes día 6 organizada exclusivamente por agricultores y ganaderos al margen de las Organizaciones Profesionales Agrarias, y la segunda el jueves día 8, ésta ya si organizada por las OPAs a las que no les ha quedado más remedio que convocar, hoy mismo, se están produciendo movilizaciones en diferentes puntos de la provincia muestra de la situación límite en la que se encuentra el campo.

 Y es que el sector ya no puede más. Por ello es sumamente importante participar en las movilizaciones, en cualquiera, pero participar, que se nos vea, que se nos oiga.

Desde aquí hacemos un llamamiento a todos los socios y a todos los agricultores y ganaderos para que salgan estos días a la calle, que se unan. Es un momento único, histórico tal vez teniendo en cuenta lo está sucediendo en el resto de países y debemos aprovecharlo para poner de manifiesto que estamos hartos de todas las trabas que nos ponen.

El sector necesita cambios, no solo en aspectos relacionados con la agricultura sino también con la ganadería, con la sanidad animal, el bienestar, etc. Es el momento idóneo para que tanto en España como en Europa nos escuchen y conozcan que la ganadería extensiva tiene unas peculiaridades diferentes que se deben tener en cuenta a la hora de legislar. Que es necesario revisar la normativa de sanidad animal que llevamos aplicando durante 37 años, cambiar aspectos de la aplicación de planes y programas afrontando y avanzando en Tuberculosis y en otras enfermedades recientes para el vacuno, como por ejemplo la EHE, trabajar en investigación y desarrollo de vacunas nuevas, aplicar indemnizaciones justas acordes a los valores de mercado, ajustar el bienestar animal a la realidad o que el lobo deje de ser especie protegida serían entre otros muchos, algunos de los principales cambios que deben afrontarse.

Somos un sector estratégico, esencial para cualquier país, fundamental para la soberanía alimentaria y por ello debemos pelear y aprovechar esta oportunidad de cambio que tenemos por delante. Hay que salir a la calle.

Solicitud ayudas PAC 2024

El plazo para la presentación de la solicitud única correspondiente al año 2024 será el comprendido entre hoy, 1 de febrero, y el 30 de abril , ambos inclusive, siendo el plazo de modificaciones hasta el 31 de mayo de 2024.

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2024/01/31/pdf/BOCYL-D-31012024-16.pdf

Novedades más destacadas de la campaña 2024

Las normas y requisitos para los pagos serán los mismos que en la campaña anterior, si bien las flexibilidades introducidas en 2023 como consecuencia del proceso de sequía grave sufrido han decaído; por ello, las condiciones de cumplimiento se deben verificar en todo su alcance.

Los cambios principales se refieren a la finalización de las flexibilidades establecidas el año anterior, entre ellas:

  • La supresión de la excepcionalidad que se produjo en el establecimiento de superficies y elementos no productivos (BCAM 8) exige contar por ellos; de ahí que sea necesario un 4% de la explotación destinado a estos. Con independencia de los elementos del paisaje, delimitados en SIGPAC, la superficie más habitual para su cumplimiento es el barbecho.
  • Asimismo, la explotación deberá cumplir las condiciones de la diversificación de cultivos, con la presencia de al menos tres diferentes si la explotación supera las 30 hectáreas; así como la rotación de aquellos recintos que hayan contado con la misma especie los tres últimos años (BCAM 7).
  • De la misma forma las reglas de cumplimiento de los ecorregímenes se establecen en toda su extensión.
  • Continúa el proceso de convergencia del valor individual de los derechos, se prevé una convergencia con incrementos de tres puntos cada año, de forma que en 2026 el valor medio menor de un derecho en una región alcance el 85 % del valor medio. De mayor adaptación a las peticiones efectuadas, pues en Castilla y León siempre se ha manifestado la necesidad de una convergencia más gradual.
  • Se han flexibilizado las ayudas asociadas a la ganadería para facilitar el acceso a jóvenes ganaderos, también a aquellos que comienzan la actividad y presentan la solicitud única por primera vez.
  • Se mantienen las limitaciones en el uso de pastos permanentes para evitar la creación de condiciones artificiales, así, se limita su elegibilidad en el caso de ser declarados, bien a que sean aprovechados directamente por el ganado del solicitante, bien que sean objeto de un aprovechamiento mediante siega.

Además de las novedades normativas incorporadas en el Real Decreto, y que se incorporan en la Orden específica de la Consejería, hay cuestiones concretas que se contemplan en la norma autonómica y que tienen un carácter más relacionado con el ámbito geográfico de la Comunidad. Así:

  • En la convocatoria de 2024, se mantiene la medida FEADER relativa a las ayudas a las explotaciones ubicadas en zonas con limitaciones naturales tanto de montaña como otras zonas, exigiéndose al beneficiario como requisito para la percepción de las ayudas el mismo que en las zonas de montaña, que es justificar que al menos el 50 % de los ingresos totales deben de ser agrarios y la afiliación a los regímenes de seguridad social agraria, es decir, la denominación europea ‘agricultor no pluriactivo’. Es importante que los agricultores lo soliciten si reúnen los requisitos, que en el caso de concederse supondrá una ayuda adicional media superior a 1.600 euros por explotación para las explotaciones en zonas distintas de montaña y de más de 3.200 euros en las zonas de montaña, incluso puede llegar a superar 4.000 euros en las zonas declaradas con limitaciones específicas.
  • También hay que destacar que los agricultores y ganaderos cuyos compromisos plurianuales de medidas agroambientales y de agricultura ecológica hubieran finalizado, tienen la oportunidad de iniciar un nuevo periodo quinquenal de compromiso.

La monitorización de los controles de la PAC

Castilla y León es líder en la implantación del nuevo método de control sobre el terreno de las ayudas, siendo en 2024 un referente y uno de los pocos organismos pagadores de Europa en los que todos los controles sobre el terreno de las ayudas por superficies se realizarán mediante la fotointerpretación automática de imágenes de satélite. Estos controles por monitorización, así como su información podrán utilizarse como herramienta de mejora para la gestión de la explotación. Esto es especialmente necesario para hacer frente a los nuevos requisitos añadidos ligados a la sostenibilidad, para lo que será importante obtener determinados indicadores de resultados y también dar respuesta a la mayor ambición ambiental en el marco de la nueva arquitectura verde.

La Consejería continúa su trabajo en el desarrollo de aplicaciones informáticas, puestas a disposición de los agricultores, en especial aquellas relacionadas con los cuadernos de explotación electrónicos, donde será necesario recoger información sobre las operaciones tradicionales agrícolas y de forma especial: la fertilización, los tratamientos fitosanitarios y el uso del agua. Está previsto que el cuaderno de explotación sea la herramienta de gestión principal para la concesión de las ayudas PAC del periodo 2023-2027.

Utilización de fotografías georreferenciadas preventivas

Un aspecto de importancia en esta campaña 2024 es la realización de fotografías georreferenciadas preventivas, en especial para la verificación de los compromisos plurianuales de los ecorregímenes, como el empleo de métodos de siembra directa o el establecimiento de cubiertas vegetales en los cultivos permanentes, en ambos casos, en las mismas parcelas de 2023.

Por ello es importante la disponibilidad de estas fotografías, en el caso de la siembra directa, tomadas en el periodo que va desde la siembra hasta el comienzo del ahijado o, en el caso de las cubiertas vegetales en un momento del periodo en el cual deben permanecer vivas, que -se recuerda- va del 15 de noviembre hasta el 15 de marzo. En ambos casos justificarán el cumplimiento de los compromisos.

Estas fotografías georreferenciadas se pueden tomar mediante  la aplicación GeoFotos que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural pone a disposición de los agricultores y ganaderos, mediante su utilización se mantienen los metadatos necesarios para identificar al titular, su posición, su orientación, así como el procedimiento para el que se ha tomado la fotografía.

Esta aplicación se puede descargar de forma gratuita para cualquier dispositivo móvil.

GeoFotos está disponible para dispositivos Android ( Google Play ) e iOS ( App Store ).

MOVILIZACIONES DEL SECTOR‼

Desde la 19 de Abril animamos a participar en las diferentes movilizaciones que se han convocado para los próximos días.


Los problemas del sector agrario son muchos y muy diversos y atravesamos una situación muy difícil y complicada que nos está asfixiando.


Si bien es cierto que lo ideal sería contar con un sector unido como clave para alcanzar los objetivos y exigencias buscados, sin duda debemos apoyar y participar. Es muy importante.

Castilla y León publica una Orden que establece disposiciones para el desarrollo de los planes y programas relativos a la gestión de la sanidad animal.

ORDEN AGR/36/2024, de 15 de enero, por la que se establecen las disposiciones aplicables a la ejecución, en el ámbito de Castilla y León, de los planes y programas relativos a la gestión de la sanidad animal. (BOCYL del 26 de enero de 2024)

Algunos puntos de esta nueva Orden estaban ya contemplados y se venían aplicando en Castilla y León desde la publicación de la guía de saneamiento: “Guía relativa a la forma de proceder en las campañas de saneamiento ganadero de la comunidad de Castilla y León” , que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural hizo pública el pasado 23 de junio de 2023.

Aspectos importantes de la nueva Orden:

Artículo 7. Habilitación de profesionales veterinarios.

El desarrollo de las actuaciones en materia de sanidad corresponde a los servicios veterinarios oficiales, no obstante, se podrá habilitar a profesionales veterinarios libres que hayan superado los programas de formación exigibles para llevar a cabo la actividad correspondiente.

 La Consejería realizará controles e inspecciones para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de estos veterinarios habilitados.

Artículo 8. Comisiones locales de seguimiento.

Como instrumento de colaboración podrán constituirse Comisiones locales de seguimiento de una enfermedad concreta, para facilitar información sobre el desarrollo del plan o programa correspondiente.

Estarán constituidas por un representante de los ganaderos, por el veterinario coordinador que corresponda, por un veterinario en representación de las ADS  y/o por un representante de los veterinarios de explotación, y por un representante municipal. En el caso de existir pastos en el municipio, también formará parte de la Comisión un representante de los titulares y/o gestores de tales pastos.

El ámbito territorial de actuación de estas comisiones podrá ser uno o varios municipios interesados y sus objetivos serán entre otros, informar a los ganaderos del estado de las actuaciones sanitarias, explicar las posibles incidencias que se ocasionen, así como los aspectos de interés relativos a su desarrollo y colaborar para el normal funcionamiento de los planes y programas de saneamiento, para lo cual se celebrarán las reuniones que resulten necesarias.

Disposición adicional primera. Calificación de pastos dentro del programa de erradicación de tuberculosis.

Los pastos aprovechados por los animales de una sola explotación ostentarán de oficio su misma calificación sanitaria.

El protocolo de acceso a pastos comunes será aprobado mediante resolución de la Dirección General.

Disposición adicional segunda. Autorización de cebaderos T1 en Castilla y León dentro del programa de erradicación de tuberculosis.

Un cebadero que quiera convertirse en T1 deberá cumplir lo siguiente:

  1. No estar ubicados en una provincia, comarca o unidad veterinaria de prevalencia 0% (últimos datos RASVE).
  2. Serán cebaderos cerrados cuyas instalaciones aseguran el mantenimiento de la bioseguridad.

Los servicios veterinarios oficiales de la unidad veterinaria comprobarán en campo estas condiciones y cumplimentarán un acta que se remitirá a la sección competente en materia de sanidad animal de la provincia que, elaborará un informe basado en lo establecido en el acta y remitirá al Servicio de sanidad animal de la Dirección General, donde se emitirá autorización para el cebadero T1, si procede.

El cebadero recuperará la calificación cuando quede vacío, se proceda a su limpieza y desinfección, y los animales que entren en el cebadero procedan de explotaciones calificadas, previa comunicación por parte del titular de la explotación a la unidad veterinaria correspondiente.

Disposición adicional tercera. Autorización de traslado de terneros a establecimientos de cebo cuya prueba de movimiento será realizada en destino, dentro del programa de erradicación de tuberculosis.

Los establecimientos de cebo que quieran solicitar la realización de pruebas en destino deberán cumplir las siguientes condiciones:

  1. Estar delimitadas perimetralmente.
  2. Contar con una zona de aislamiento de dimensiones adecuadas destinada a que los animales incorporados sin pruebas de movimiento permanezcan aislados del resto, hasta que se les realicen las pruebas de movimiento.
  3. La zona de aislamiento debe permitir que los animales no compartan la misma cubicación de aire, ni comederos ni bebederos con el resto de los animales del cebadero.
  4. Tener instalaciones para el manejo de los animales.

Los servicios veterinarios oficiales comprobarán en campo estas condiciones y cumplimentarán un acta que se remitirá a la sección de sanidad animal de su provincia. Esta sección, elaborará un informe que se trasladará a la Dirección General, para su autorización, si procede.

Si se detectan animales positivos en las pruebas, se aplicará la legislación vigente para el sacrificio obligatorio y posterior suspensión y restablecimiento o retirada y recuperación de la calificación sanitaria, según corresponda:

  1. En el caso en que se produzca algún diagnóstico positivo a IDT) dentro del lote de aislamiento, el animal será sacrificado y se seguirá el procedimiento normalizado.
  2. El cebadero continuará su actividad con la calificación sanitaria T3, restringiendo los movimientos solo en la zona de aislamiento, donde únicamente se permitirá la salida de animales con destino a sacrificio en matadero.
  3. La restricción de los animales de la zona de aislamiento se levantará después de una prueba de IDTB con resultado negativo a los 42 días después del sacrificio del animal o animales positivos.

Disposición adicional cuarta. Animales dudosos a la prueba inmunológica para Complejo Mycobacterium Tuberculosis (en adelante CMTB).

En las explotaciones en las que se realice la prueba de IDTB simple y se obtengan solamente resultados dudosos, se suspende la calificación hasta que se restablezca el estatus, siempre y cuando las interpretaciones de la citada prueba que se establezcan en el programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina (PNETB)  así lo permitan.

Se aislará a los animales con resultado dudoso a la prueba inmunológica y se someterán a una nueva IDTB en un plazo mínimo de 42 días desde la primera, salvo que el ganadero solicite sacrificar al animal dudoso, en cuyo caso se restablece el estatus, siempre que el resultado de las pruebas microbiológicas post mortem sea negativo.

Los animales que en la segunda prueba no obtengan resultados negativos (≤ 2 mm sin signos clínicos = dudosos y positivos) serán considerados positivos.

Disposición adicional quinta. Pruebas en paralelo dentro del programa de erradicación de tuberculosis.

A partir de la tercera prueba en paralelo (gamma), si se siguen detectando animales positivos, la persona responsable de la campaña de saneamiento suspenderá las pruebas en paralelo y valorará la situación para tomar una decisión ajustada a la situación epidemiológica.

Disposición adicional sexta. Pruebas intermedias en explotaciones TR dentro del programa de erradicación de tuberculosis.

Pruebas intermedias para explotaciones TR (calificación retirada): las explotaciones que ostenten la calificación TR cuya recuperación de la calificación sanitaria suponga plazos de 6 meses para la primera prueba negativa, y 6 meses para la segunda, podrán realizar, de oficio o a solicitud del ganadero, pruebas intermedias cada 2 meses.

Esta medida supone, en caso de resultar la prueba negativa, un progreso en la calificación sanitaria de la explotación pasando a T2-, lo que implica:

  1. Que la explotación puede incorporar animales sin necesidad de una autorización excepcional.
  2. Que la explotación puede mover terneros a cebaderos T2-, o T1, sin pruebas de movimiento.

El Ministerio publica una guía interpretativa en la que las explotaciones T3H ubicadas en zonas de prevalencia superior al 3% que hayan tenido antecedentes en los 5 últimos años o que estén en comarcas clasificadas como de especial riesgo de tuberculosis en relación a la fauna silvestre, tendrán que realizar obligatoriamente 2 saneamientos anuales.

Hasta ahora en Castilla y León, las explotaciones T3H en zonas de prevalencia superior al 3% (aquellas que en los 3 últimos años no han tenido ningún positivo) se exceptuaban de la segunda vuelta.

Tras conocer esta propuesta, la indignación es máxima en el sector y entre ganaderos: no compartimos la medida.

Desde la Asociación de Ganaderos 19 de Abril nos hemos dirigido a la Dirección General de la Junta de Castilla y León, a la que hemos trasladado nuestra preocupación y preguntado cuál es la postura que va a tomar.

Esta misma mañana, la 19 de Abril, en una reunión con responsables del Servicio Territorial de Salamanca ha sido informada sobre como se procederá si la medida se aplica.

Desde la 19 de Abril hemos apostado siempre por trabajar desde la unidad del sector para defender nuestros intereses y así lo seguirá haciendo y no descartamos llevar adelante movilizaciones ante esta medida.

Desde Unión por la Ganadería, en la que está integrada la 19 de Abril, se ha solicitado una reunión de urgencia con la Directora General de Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Castilla y León y con el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Después de años y años aplicando el Programa Nacional de erradicación de Tuberculosis bovina, los resultados en las zonas de ganadería extensiva no han mejorado.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado una “Guía interpretativa en relación con las dos pruebas anuales para el mantenimiento de la calificación sanitaria T3/T3H en comarcas de prevalencia >3%”.

En ella habla de que para acelerar la erradicación puede ser necesario aumentar la frecuencia de las pruebas de tuberculina por encima del mínimo exigido y que la mayor frecuencia de pruebas contribuye directamente a la reducción de la tasa de reproducción al permitir la detección más temprana de animales infectados y su eliminación precoz.

El Programa Nacional de erradicación de Tuberculosis (PNETB) establece que las explotaciones de aptitud reproductora ubicadas en comarcas/unidades Veterinarias cuya prevalencia de rebaño el año anterior haya sido superior al 3% deberán aumentar su frecuencia de pruebas de mantenimiento rutinarias a 2 pruebas anuales, con un intervalo entre ellas mínimo de 4 meses y máximo de 6, pudiéndose exceptuar en base a un “análisis de riesgos” efectuado por la autoridad competente exclusivamente los rebaños T3H (H= histórico, que en los tres últimos años no han tenido ningún positivo a tuberculosis).

Hasta ahora se venían exceptuando de esta segunda vuelta en comarcas con prevalencia superior al 3% todas las explotaciones T3H, aquellas que en los 3 últimos años no hubieran tenido ningún positivo.

Aseguran que esta excepción se ha venido aplicando de forma más bien generalizada lo que ha supuesto un claro estancamiento, cuando no un retroceso.

Dicen, estar sobradamente justificada la no conveniencia de aplicar la excepción de excluir a los rebaños T3H de la segunda vuelta de forma general en las comarcas de prevalencia >3% por considerarse factores de riesgo: una ubicación relacionada con sospecha de confirmación de la infección por CMTB en animales silvestres, un historial de infección por CMTB en los últimos 5 años o una relación epidemiológica con establecimientos en alguno de estos dos supuestos.

Y apuntan a que para que una explotación T3H no tenga que hacer 2º vuelta en comarcas con prevalencia mayor al 3%, el “análisis de riesgo” requerido deberá demostrar que no se da ninguna de las circunstancias anteriores por lo que dicha exclusión no puede aplicarse a aquellas explotaciones T3H con antecedentes en los últimos 5 años ni a las ubicadas en comarcas clasificadas de especial riesgo de tuberculosis en relación a la fauna silvestre.

Tendrían que hacer por tanto 2 vueltas de saneamiento todas las explotaciones T3H que estén ubicadas en comarcas con prevalencia >3% en 2023 y que cumplan alguno de estos requisitos:

La 2º prueba anual para el mantenimiento deberá realizarse en este caso, a los 4 – 6 meses siguientes de la primera y podrá realizarse mediante el uso del gamma-interferon EURLAB para los animales mayores de 6 meses.

Estamos a la espera de poder mantener las reuniones solicitadas con carácter de urgencia y de los acuerdos que se tomen desde Unión por la Ganadería, con el las Asociaciones y Organizaciones que la integramos, no descartando movilizaciones.

Abierto el plazo para que los titulares de explotaciones ganaderas soliciten autorización para el uso de cadáveres de ganado como alimentación de especies necrófagas de interés comunitario fuera de muladares- ZPAEN

El 1 de enero se inicio el plazo para solicitar la autorización a medio ambiente que permite dejar cadáveres de ganado en el campo como alimento para las especies necrófagas fuera de los muladares autorizados.

El plazo de solictud finaliza el próximo 31 de enero.

Hay que tener en cuenta que la autorización permitiría cumplir uno de los diferentes requisitos entre los que deben elegir los titulares de explotaciones ganaderas que hayan solicitado las ayudas agroambientales de «Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tracidionales de pastoreo trashumante» puesto que, la ayuda, require cumplir unos compromisos medioambientales y climáticos y también, realizar al menos tres acciones en las superficies de pastos que se acogan a la ayuda de entre las siguientes:

  • Habilitar mecanismos en los bebederos que impidan ahogamiento de aves.
  • Eliminar las especies vegetales exóticas invasoras que haya presente en las parcelas de pastos (como por ejemplo Ailanthus sp., Cortaderia sp., o cualquier otra que aparezca en el Catálogo Español de Especies Invasoras–Flora).
  • Acogerse al sistema de alimentación de necrófagas regulado por la autoridad ambiental de la Junta de Castilla y León, en el primer o segundo año de contrato.
  • Plantar árboles en superficies desarboladas o con arbolado inferior a 60 pies por hectárea, en al menos un número de 10 árboles por hectárea, con especies adecuadas a la zona geográfica
  • Convertir las alambradas presentes en la explotación en setos verdes, mediante la implantación de pantallas arbustivas en al menos 25 metros lineales por cada año de contrato.
  • Regenerar los pastos mediante resiembras anuales con especies pratenses en al menos el 5% de la superficie de contrato.

Las condiciones que hay que cumplir para que una explotación ganadera sea autroizada para la alimentación de necrófagas son:

a) Estar incluidas en alguno de los municipios de las zonas declaradas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en Castilla y León.

b) Estar inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas (REGA) en situación de alta.

c) No desarrollar un aprovechamiento ganadero intensivo.

d) Cumplir con la normativa en materia de ordenación, sanidad y bienestar animal que les sea de aplicación.

e) Cumplir el programa de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (EET), y en concreto, las pruebas previstas en el Anexo II del Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre.

f) Estar sometidas a vigilancia periódica de los servicios veterinarios oficiales y cuenten con una calificación sanitaria que no suponga riesgo para la salud pública y la sanidad animal y estén sometidas a control y vigilancia de programas nacionales o autonómicos de control, erradicación o vigilancia de enfermedades.

g) Tener establecido un sistema de gestión de cadáveres conforme a la legislación vigente en cada momento.

Los criterios de prelación para cubrir las necesidades tróficas de cada zona de protección son:
a) Tendrán prioridad las explotaciones ganaderas de ovino, caprino, equino u otras especies, sobre las de bovino.
b) Las explotaciones de menor censo ganadero sobre las de mayor censo.
c) Las que por razón de ubicación favorezcan que las condiciones de oferta del alimento se asemejen lo máximo posible a las condiciones naturales, para lo que se buscará máxima dispersión espacial de las explotaciones seleccionadas en un área y favorecer así la dispersión de los recursos tróficos ofertados.
d) Y por último se tendrá en cuenta el orden de presentación de solicitudes.

Las explotaciones una vez autorizadas, deberán llevar un libro de registro de los aporte que se hacen así como presentar cada año, antes del 31 de enero, un resumen de los aporte realizados el año anterior, todo ello a Medio Ambiente que es quien gestiona este tipo de autorización.

Esta autorización no implica no disponer de seguro de retira de cadáveres MER, puesto que solo se autorizadará para un número de animales.

Para acceder al trámite o mayor información:

AUTORIZACIÓN PARA EL USO DE CADÁVERES DE GANADO PARA LA ALIMENTACIÓN DE ESPECIES NECRÓFAGAS FUERA DE MULADARES

La fiebrea aftosa amenaza con dar el salto a Europa.

El aumento del número de brotes de fiebre aftosa en varios países del norte de África (Argelia, Túnez y Libia) y un cambio importante en la situación epidemiológica suponen un mayor riesgo de difusión.

El Ministerio ha publicado una nota informativa en la que recomienda extremar las precauciones para reducir el riesgo de introducción del virus en España y en Europa a través del refuerzo de los protocolos de limpieza y desinfección de los medios de transporte terrestre y marítimos, extremar la bioseguridad en los Puestos de Control Fronterizos (PCF), así como reforzar la sensibilización sobre el
riesgo existente, y reforzar la vigilancia pasiva en las explotaciones, observando frecuentemente a los animales y notificando inmediatamente a los servicios veterinarios oficiales de la CA cualquier sospecha de enfermedad.

La Fiebre Aftosa (FA) o Glosopeda es una enfermedad infecciosa que afecta a un gran número de especies, causada por un virus de la familia Picornaviridae, género Aphtovirus, que incluye 7 serotipos inmunológicamente distintos así como numerosos subtipos diferentes. Se caracteriza por originar lesiones de tipo vesicular en mucosas y epitelio de las en especies con pezuñas hendidas tanto domésticas como salvajes, afectando a animales de todas las edades. La morbilidad suele ser muy elevada debido a su alta transmisibilidad, si bien la mortalidad suele resultar baja, afectando principalmente a animales muy jóvenes. Se trata de una de las enfermedades víricas de mayor importancia debido a su gran poder de difusión, al elevado número de especies a las que afecta y a las pérdidas en la producción que origina.